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Ayuda con el IVA!


Jhonatan00_00

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Buenas tardes;

 

Se que quizá este post no vaya aquí ya que esto es un foro de PrestaShop, pero no encuentro otro sitio mejor donde preguntarlo.

 

Estoy haciendo números para poner las ofertas de mis productos en mi pagina web hecha con PrestaShop y no me cuadra el tema del IVA, porque por ejemplo mi proveedor me da un producto con un precio de 27.19€ (sin IVA) y con un precio recomendado en PVP de 39.99€, si al precio que me cobran ellos le sumamos el 21% de IVA que lo pago yo, se queda en 32.89€, hasta aquí bien. Pero claro, tengo entendido que el IVA se paga 2 veces, primero yo a mi proveedor y después otro 21% me lo paga a mi el cliente final, ¿verdad?.

 

¿Para saber cuanto he ganado al vender ese producto tendría que realizar la siguiente operación?:

- Coger el precio recomendado en PVP que es de 39.99€.

- Restarle el 21% de IVA y se quedaría en 31.59€.

- A 31.59€ (que es lo que tenemos sin IVA) le restamos 27.19€ (que es el precio que nos cobra sin IVA el proveedor) y se nos queda en 4.40€ que sería lo que hemos ganado.

 

¿Lo estoy haciendo de la forma correcta?.

Me gustaría saber de que forma calculan ustedes esto.

 

Un cordial saludo y muchas gracias de antemano.

Edited by Jhonatan00_00 (see edit history)
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Te voy a dar mi opinión al respecto.

Cuando se habla de precios (precio de coste, recomendado, etc) se hace referencia a la base imponible, es decir, libre de Impuesto del Valor Añadido.

En este sentido si tu vendes un producto a 40 y el proveedor te cobra 25, tu beneficio es de 15 euros (40-25). El IVA debes computarlo de forma indistinta al beneficio, es decir:

Trimestralmente autoliquidas el IVA devengando la diferencia entre el IVA repercutido (el que has cobrado a los clienteS) y el IVA soportado (el que ya has pagado al proveedor así como el vinculado a cualquier factura inherente a la actividad económica).

 

En mi opinión cuando el proveedor te indica que el precio es de 39 euros PVP recomendado (no puede obligarte a vender a un precio, solo recomendarlo) a ese precio debes añadir el IVA, resultando el precio final que deberá pagar el cliente.

 

A la práctica, no debes reflejar en el prestashop el IVA soportado (el que pagas al proveedor), tan solo indicar el IVA que se repercute al cliente, en la pestaña "impuestos".

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Muchas gracias por su respuesta Cotton, pero el problema está en que no puedo vender a los precios que me gustarían, así que no puedo sumarle el IVA a parte al precio en PVP.

Los precios en PVP que me recomiendan son muy parecidos a los que vende la competencia y si quiero ser competitivo tengo incluso que reducirlos un poco mas y en lugar de ganar 4.40€ por venta ganar menos.

 

El problema es que nunca he abierto una tienda, ni física ni online y voy a abrir una online por primera vez con unos beneficios ridículos, sin saber si estoy haciendo las cuentas bien y si cuando tenga que pagar el IVA resulte que me toca encima perder dinero por no haber sabido hacer los cálculos y haberme puesto a publicar super ofertas antes de pensar si puedo hacerlas.

 

Quería saber exactamente hasta donde podía llegar calculando el IVA sobre el precio en PVP que me dan.

Un saludo y muchas gracias.

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Bueno, el precio al que puedes vender sin perder dinero es tan sencillo como hacer una resta. Solo te recomiendo que compares siempre los precios sin IVA para ver qué margen tienes realmente.

 

Respecto al límite de bajar el precio lo que no es legal es vender por debajo del coste por lo que, respecto al margen, mientras sea de un céntimo o más, legalmente no hay problema.

 

Para mí también es la primera tienda online aunque tengo bastante experiencia en negocios físicos y en tema mercantil y de empresas, ya que en el despacho, tenemos bastantes clientes. Lo que te puedo decir es que una tienda online es una forma barata, en términos de mantenimiento, de ofrecer tus productos. Si sabes cómo configurarla jurídicamente no tienes ni que pagar inicialmente autónomos.

 

El tema de los márgenes es relativo, siempre dependiendo de la cantidad estimativa de venta y de los costes inherentes al almacenamiento y riesgo del mismo. A voz de pronto un margen de menos de 4 euros para un montante de 39 euros lo veo desproporcionado, la verdad, aunque estoy seguro que tú conocerás ese mercado que yo.

 

Un saludo.

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Yo calculo el beneficio de la siguiente forma:

 

Precio neto de compra al mayorista: tu caso 27.19 €

le sumo mi porcentaje que quiero de beneficio, pongamos un 25% (6.79 €)

Ya llevamos 33.98 € ahora hay que sumarle el impuesto que va a pagar el cliente, 21% (7.13 €)

igual a 41,12 €. En esta caso no puedes trabajar con 25% de margen porque te pasas del precio recomendado y eso no es bueno y lo segundo que tu quieres tener un precio más bajo que tu competencia.

Probemos con un 15%.

27.19+15% (4.07€) = 31,26 € ahora el iva + 21% (6,56 €) = 37,83 € con el 15% de beneficio.

------------------------------------------------

Ya has vendido ese producto pues ahora te toca calcular lo que vas a ganar bruto.

Yo lo hago así.

Vendido por 37,83 € con iva repercutido (el que nos ha pagado el cliente) de 6,56 €.

Comprado al mayorista por 27.19€ + iva (soportado 5.70 €) = 32.89 €

Hago una resta, vendido por 37.83 - el coste del producto 32.89 € = 4.94 € ganancia bruta.

- Ahora de los 4.94 € tienes que guardarte la diferencia del iva porque cuando acabe el trimestre tendrás que ingresarlo a Hacienda, en esta caso te tocaría pagar a Hacienda Iva repercutido (pagado por cliente 6.56 € - 5.70 € del iva soportado (el que tú pagaste al mayorista) = 0.86 € tendrás que pagar a hacienda.

- Tu beneficio bruto era 4.94 - iva a pagar 0.86 € = 4.08 € te quedarían.

- No te alegres aún, hay que pagar una vez al año en España el impuesto de sociedades que es el 30% del beneficio que haya generado tu empresa en el año anterior. En esta caso 4.08 € x 30% = 1.22 € se llevará otra vez hacienda el año que viene. Restamos 4.08 € - 1.22 € = 2.86 sería la ganancia REAL, vamos lo que te puedes gastar.....

 

Espero que te haya servido

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Buenos días;

 

La verdad es que después de leerles me he desilusionado bastante, porque no había pensado en lo de pagar hacienda al año también y es verdad, ahí me vuelven a quitar otro tajo de lo que gane que de por es ridículo y no crean que ese margen tan ridículo es solo con el producto que he cogido al azar, es con todos, incluso con productos que cuestan 310€ haces las cuentas y con el dichoso IVA la ganancia se me queda en 4 o 5€.

 

El negocio es de videoconsolas, videojuegos, accesorios (encima hago regalos con puntos canjeables osea que menos beneficio), tablets, ebook y alguna cosilla mas... Decidí abrir la tienda online de estos productos porque es algo que me gusta y pensé que para que iba a abrir una tienda de servilletas de papel si a mi eso no me llamaba la atención.

 

Yo he sido proveedor pero de aceite de oliva, nunca he sabido nada de los productos que vendo ahora en mi web, nada mas que me gustaban, pero busqué proveedores antes de nada y de los 2 o 3 que encontré me quedé con este, mas que nada por los servicios que me ofrecieron en general y sinceramente, creo que no hice las cuentas bien porque en un principio parecían buenos precios pero el engaño estaba en el "sin IVA", después al calcular el IVA, comparar tus precios con los de la competencia, etc me he dado cuenta de que son ridículos.

 

De todas formas he leído por Internet que los margenes en el mundo de los videojuegos son muy bajos incluso en tiendas físicas, pero no sabía que tanto...

 

¿Por casualidad conocéis el sector para recomendarme?, estoy empezando a sentirme estafado por los proveedores y no se que pensar, igual es que no hay mucho donde arrascar en este nicho.

 

Un saludo y muchas gracias por todo. Por cierto, aún no me he hecho autónomo por lo que se dice de que no hay que hacerse hasta facturar los 3.000€ anuales pero tampoco se si me puede traer problemas legales.

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  • 2 weeks later...

Vamos a ver jhonatan00, no sé quién te ha dicho esa barbaridad pero te está liando bien.

 

Por regla general, cuando se realiza una actividad laboral sea por cuenta ajena o propia debe cotizar en la Seguridad Social. En particular la Ley 20/2007 del Estatuto del trabajador autónomo, su reglamento y la normativa en materia de Seguridad Social indican que la inclusión en el régimen de cotización del RETA es OBLIGATORIA DESDE EL INICIO DE LA ACTIVIDAD incluido durante las situaciones de incapacidad. Por lo que no se contempla como elementos determinante la facturación, elemento que pertenece más bien al régimen tributario y no al propio de la Seguridad Social.

 

El único dato que pudiera asemejarse a la cuantía que me describes es la exención tributaria de declaración de operaciones de clientes y proveedores superior a 3.000 euros anuales y que se a realiza a través del modelo 347, pero para el caso es hablar de tocino cuando nos referimos a la velocidad, para entendernos. 

Cuidadito con no estar dado de alta en la Seguridad Social y ejercer una actividad constando en la Agencia Tributaria y, más cuidadito con realizar actividades sin haberse dado de alta en la Agencia Tributaria (algo que lamentablemente es bastante común en el ámbito de los negocios virtuales y de venta online), como sabrás, o deberías saberlo, debes cumplir unas obligaciones legales relacionadas con la Protección de Datos, Ley se Servicios de la Sociedad de la Información y demás conceptos relacionados con la protección de consumidores y usuarios y que, en general, tienen establecido un régimen sancionador administrativo. En la actualidad los cuartos van escaseando y la administración está tomando cartas en el asunto para investigar qué actividades están dadas de alta y cuales no y, de las que estén si cumplen con la normativa aplicable a la venta electrónica. Por otro lado, la Seguridad Social y la AEAT no cruzan datos (que se sepa), pero esto va a cambiar cualquier día y ya os aviso que a quien pillen le liquidarán cinco años atrás retroactivamente con un 35% adicional de recargo más la correspondiente sanción.

 

No obstante hay formas "legales" de poder realizar determinadas actividades relacionadas con la venta online sin necesidad de darse de alta en la Seguridad Social, mediante la intervención de una persona jurídica. Si lo deseas nos hacemos unas llamadas y te comento. Soy abogado mercantilista, por cierto.

 

En relación al margen de que dispones. Como te comenté siempre se debe valorar la proporción entre el precio del producto y el valor del beneficio. En tu caso, a priori y sin tener ni idea del producto ni del mercado en el que te mueves advertí una desproporción preocupante. No obstante entiendo que este tipo de negocio se fundamenta en la venta masiva o bien valorar la actividad como una fuente alternativa de ingresos dado el reducido coste de mantenimiento que ello supone. Tengamos en cuenta que el IS (impuesto de sociedades) se refiere a un tipo impositivo respecto a los beneficios, no al volumen de ventas.

 

 

Un saludo.

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Buenas tardes a todos;

 

En cuanto he leído a Cotton se me ha caído el cielo en cima.

No he podido contestar antes porque estaba teniendo problemas con el foro de Prestashop y es que no podía entrar con mi clave y he tenido que usar la opción de clave nueva para conseguirlo.

 

Viendo lo que me habéis comentado mas vale darme de autónomo pero ya, el problema es que el negocio no me deje el beneficio que se supone que me debería de dejar y que las perdidas (a parte del dinero inicial que he gastando entre los proveedores, dominio, publicidad, etc) sean astronómicas. Así uno se piensa hasta lo de montar una tienda online...

 

La verdad es que me lancé porque los mismos que me han dicho que no me de de autónomo que no pasa nada son los proveedores, unos mayoristas que me están dando mala espina por muchas cosas, aunque no quiero hablar, pero con el tiempo todo se sabrá, no quiero adelantar acontecimientos pero hay varias cosas que no me están gustando nada.

 

Gracias por vuestra ayuda y a ver que hago con el tema autonomo.

Un saludo.

Edited by Jhonatan00_00 (see edit history)
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